viernes, 2 de noviembre de 2007
DIFERENCIAS ENTRE PARLACEN Y FOPREL
De. MSc. Jorge Poveda ,Presidente ICEL
Para: Dr. Roger Miranda, Secretario Ejecutivo FOPREL
Diciembre 2002
LINEAMIENTOS DE COMPARACION ENTRE PARLACEN Y FOPREL
LINEAMIENTOS DE PARLACEN: Hay gran diversidad de documentos relativos a la Constitución del PARLACEN. El más representativo es su Reglamento Constitutivo de 1987,que establece estas disposiciones:
Naturaleza.- El Parlamento Centroamericano es la Asamblea regional integrada de conformidad con el Tratado Constitutivo del Parlamento Centroamericano y tras Instancias Políticas, y de sus Protocolos vigentes. La denominación de los representantes será de “Diputados al Parlamento Centroamericano”, Su status está definido en dicho Tratado y sus Protocolos y precisado en este Reglamento.
Personalidad Jurídica.- El Parlamento, como órgano regional, tiene personalidad jurídica y gozará de la capacidad jurídica que sea necesaria para el ejercicio de sus funciones y la realización de sus propósitos. Los Estados miembros garantizarán al Parlamento y a los Diputados las facilidades, privilegios e inmunidades. El Parlamento mantendrá las relaciones internacionales que estimara necesarias para la consecución de sus propósitos.
SEDE.- El Parlamento tendrá su sede en la Ciudad de Esquipulas , República de Guatemala. No obstante, de acuerdo a los previsto en el artículo 34 de este Reglamento, podrá reunirse en cualquier otro lugar del territorio centroamericano.
Presupuesto.- Será financiado por los Estados Miembros en partes iguales. Forman el Patrimonio del Parlamento: a) Los fondos que aporten los Estados miembros u otros Estados o Instituciones: b) Los bienes muebles o inmuebles que adquiera; c) Las herencias, legados o donaciones que reciba.
Diputados.- Debe cumplirse con los mismos requisitos que, para ser Diputados o representantes, exige la legislación de los respectivos Estados miembros. b) Los Diputados serán elegidos por un período de cinco años por sufragio directo, universal y secreto, en elecciones libres, participativas y pluralistas celebradas en los Estados Miembros. Estos Diputados pueden ser reelectos .c) El Presidente y el Vicepresidente o, en su caso, uno de los designados de la Presidencia, de cada uno de los Estados Miembros, al concluir su mandato, integrarán el Parlamento como Diputados. En los países en que existiere más de uno de estos funcionarios sólo podrá integrar el Parlamento uno de ellos, por designación del órganos legislativo nacional. d) Estos Diputados cesarán en sus funciones cuando sus sucesores concluyan su mandato presidencial y asuman su cargo en el Parlamento.
Prerrogativas.- Los Diputados gozan del siguiente régimen de inmunidades y privilegios: a) En el Estado en que fueron electos, de las mismas inmunidades y privilegios que gozan los Diputados ante los Congresos o Asambleas Nacionales. b) En los demás Estados Miembros, de las inmunidades y privilegios que, para los agentes diplomáticos, se establecen en la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas .c) En el país sede, de los privilegios que se establezcan además en el Tratado sede.
Asamblea Plenaria.- La asamblea plenaria es el órgano supremo del Parlamento y está integrada por los Diputados a que se refiere el Artículo 2 del Tratado Constitutivo. La Asamblea Plenaria tiene las atribuciones principales y se integra en la forma establecida en los artículos 5, 10 y 30 del Tratado Constitutivo y en el artículo 4 de su primer Protocolo.
Junta Directiva.- La Asamblea Plenaria elegirá, de entre sus miembros, la Junta Directiva que funcionará de manera permanente por un período de un año, se integrará con : Un Presidente, Dos Vicepresidentes , Tres Secretarios La Junta Directiva adoptará sus decisiones con el voto favorable de cuatro de sus integrantes. Toda resolución de la Junta Directiva es apelable ante la Asamblea Plenaria.
Presidencia .-El Presidente de la Junta Directiva es la autoridad jerárquica superior de los funcionarios de este órgano regional Plenaria ante la cual se podrá apelar sus disposiciones o decisiones.
Período de Sesiones.- Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 71, la Asamblea Plenaria se reunirá sin necesidad de convocatoria, en sesiones ordinarias una vez al año a partir del 25 de mayo.
La duración del período ordinario de sesiones será de un año dividido en períodos de sesiones mensuales que se celebrarán dentro de los diez últimos días de cada mes, a excepción de los meses de julio y diciembre que las sesiones se celebrarán en la primera quincena de cada mes. El Parlamento entrará en receso del 15 de diciembre al 15 de enero y del 15 de julio al 15 de agosto de cada año. A petición de por lo menos veintiséis Diputados, el Presidente, previa notificación a la Junta Directiva Ampliada, transmitirá la convocatoria a sesiones extraordinarias.
Comisiones .-Serán de tres clases : Permanentes; Extraordinarias; o Especiales
Comisiones Permanentes.-: Comisión Política, Comisión de Derechos Humanos ,Comisión Jurídica , Comisión de Finanzas , Comisión de Integración , Comisión de Relaciones Internacionales , Comisión de la Mujer, el Niño y la Familia , Comisión de Población Medio Ambiente y Desarrollo , Comisión de Cultura, Asistencia Social y Turismo , Comisión de Asuntos Sociales, Laborales y Gremiales , Comisión de Desarrollo Económico y Social , Comisión de Paz.
LINEAMIENTOS DE FOPREL.- Según lo establece el Acta Constitutiva del 26 agosto 1994 y modificaciones posteriores el FOPREL es un sistema que funciona así:
1.- FOPREL .- Se fundamenta en los principios y normas de los ordenamientos jurídico-políticos nacionales sobre la materia; las Declaraciones y Acuerdos adoptados en los Encuentros de Presidentes de Congresos y Asambleas Legislativas precedentes y, de manera particular, en los anhelos de paz, libertad, democracia, desarrollo, justicia y participación de nuestros pueblos.
Meta.- Contribuir al desarrollo y consolidación del Estado Constitucional Democrático y Social de Derecho, que promueva y practique, efectivamente, el respeto a los derechos humanos, la búsqueda del consenso y la tolerancia como norma de convivencia comunitaria. Para ello se propone como objetivos:
a) Adoptar iniciativas conjuntas para crear y/o robustecer instituciones que permitan el desarrollo de una cultura democrática, especialmente aquellas que tomen imperativo el apego a la ética en el ejercicio de la función pública.
b) Crear mecanismos ágiles de consulta e iniciativa, que permitan concertar la unidad de concepción y de acción solidaria, en defensa de nuestros intereses legítimos, representativa de la evolución política, económica y social de la región, frente a terceros países, regiones y organismos internacionales; y
c) Promover el desarrollo de los estudios legislativos que aseguren el apoyo e intercambio regional de consultas, para imprimir mayor eficiencia a las tareas parlamentarias en cada país.
Constitución.- Lo constituye la reunión de los presidentes de los Poderes Legislativos de los países suscriptores del Acta Constitutiva y aquellos que en lo sucesivo se adhieran a la misma.
Atribuciones.- Tiene las siguientes atribuciones:
a) Ser instancia de consulta y suscripción de acuerdos de cooperación dentro del marco establecido
b) Concertar acuerdos con otros Parlamentos fuera de la región, los mismos acuerdos de cooperación con instituciones financieras en apoyo de los proyectos y programas del organismo.
c) Darse su propio reglamento
Presidencia.- El Foro elige con carácter rotativo entre sus miembros a un Presidente ,quien ejerce la representación del organismo y su cargo dura un año. La sede de la Presidencia es la del país del Presidente en ejercicio .
Reuniones.- El Foro que es de duración indefinida y se reune ordinariamente dos veces al año, y extraordinariamente cuando lo estime necesario.
Organos.- Para coadyuvar al mejor cumplimiento de los se establecen como órganos conexos: El Instituto Centroamericano de Estudios Legislativos y las Comisiones Interparlamentarias Centroamericanas y otras que se defina a futuro.
Fondos.- Serán gestionados por los Presidentes de los Parlamentos respectivos, conforme a los requerimientos del mismo, sin perjuicio de las contribuciones provenientes de la Cooperación Internacional.
Secretaría Permanente: Tiene su sede en Nicaragua , a cargo de un Secretario Ejecutivo electo por cuatro años (pudiendo ser reelecto) , con la obligación de : concretar y darle seguimiento a los Acuerdos y Resoluciones emanadas del FOPREL ; coordinar los órganos conexos ;otras que se le asignen.
COMISIONES INTERPARLAMENTARIAS CENTROAMERICANAS.-Por medio de una Reforma al Acta Constitutiva ( Octubre 1997) se : ” establecen como mecanismo para promover, en forma práctica, el proceso de integración legislativa, con el fin de armonizar y complementar el ordenamiento jurídico interno de los Estados de los países suscriptores de la presente Acta Constitutiva y los que en el futuro se adhieran”.
Integración.- Cada Comisión Interparlamentaria Centroamericana se integra con un miembro titular y un suplente, que forme parte de la Comisión Permanente o Especial Homóloga, establecida por cada Parlamento Nacional miembro. Sin embargo, de no contar con tal Comisión, queda a discreción del Presidente de cada Poder Legislativo nombrar a sus delegados correspondientes.
Acuerdos Marco.-,El proceso homologador de las leyes, se llevará a cabo mediante la elaboración de Acuerdos Marco ,cuya parte normativa específica deberá combinar generalidad y flexibilidad, que permita efectuar ajustes en casos de situaciones peculiares propias de cada país miembro”.
Anteproyectos de Acuerdos Marco.- Los anteproyectos de Acuerdos Marco elaborados por las respectivas Comisiones Centroamericanas, serán remitidos a las Juntas Directivas de los Poderes Legislativos de los países miembros, para que si lo consideran conveniente sea tramitado con apego a su propio Procedimiento para la formación de la Ley.
Financiamiento.- Sin perjuicio del apoyo que, como entidad facilitadora pueda brindarle la Secretaría Permanente, cada Comisión Interparlamentaria Centroamericana para su funcionamiento gestionará sus fondos de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la presente Acta Constitutiva”.
Apoyo Secretaría Ejecutiva.- Instruir al Secretario Ejecutivo efectuar las diligencias necesarias de coordinación entre los miembros de cada país que integren las Comisiones Interparlamentarias Centroamericanas, así como brindarles el apoyo necesario, para concretar esta iniciativa.
Comunicaciones.- Encomendar , igualmente, al Secretario Ejecutivo, que mantenga constantemente informados a los miembros de FOPREL, sobre el desarrollo de las tareas tendientes a implementar este Acuerdo.
INSTITUTO CENTROAMERICANO DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS.- Organo creado para coadyuvar y coordinar esfuerzos de modernización, capacitación y tecnificación de los Poderes u Organismos Legislativos de la región y para contribuir a hacer más eficaz y eficiente la función legislativa. El ICEL es una entidad de carácter permanente que funciona en el marco del Foro de Presidentes de Poderes Legislativos de Centroamérica.
Objetivos.- Contribuir a lograr mayor eficiencia en el proceso de modernización y homologación de las tareas parlamentarias, mediante la promoción de los estudios legislativos, desarrollo de programas de capacitación y de intercambio entre los países de la región centroamericana. Y como objetivos específicos tendrá:
a) Colaborar con la institucionalización del proceso legislativo en cada congreso centroamericano;
b) Promover la elaboración de estudios que permitan mejorar y agilizar los procesos legislativos;
c) Elaborar programas que fortalezcan los recursos humanos, mediante oportunidades educativas y capacitación especializada.
d) Cooperar con el desarrollo de las estructuras organizativa de los parlamentos del área.
e) Desarrollar lazos interinstitucionales;
f) Contribuir con el mejoramiento de los sistemas de informática legislativa; y
g) Gestionar asistencia técnica y económica ante organismos internacionales.
Funciones.- Le corresponde las siguientes:
a) Servir como promotor y facilitador de los Centros de Estudios Legislativos de la región .Diseñar y desarrollar sistemas y programas de capacitación permanente para funcionarios y legisladores del área para fortalecer los recursos humanos, así como eventos académicos sobre temas de interés.
b) Impulsar y organizar actividades para compartir esfuerzos y experiencias y colaborar en la realización de estudios comparativos y análisis para apoyar tareas de homologación de las legislaciones del área.
c) Elaborar, anteproyectos de ley sobre temas de especial interés y realizar estudios, análisis, dictámenes y opiniones sobre iniciativas legislativas, regionales o particulares.
d) Prestar asesoría para la realización de anteproyectos de Tratados y Convenios legislativos entre los países centroamericanos.
e) Organizar y operar una red de documentación e información automatizada, en las áreas, materiales y temas de interés regional.
f) Desarrollar y mantener una capacidad de información automatizada e investigación por medio de especialistas, consultores, técnicos y otra clase de personal; y
g) Organizar una oficina de publicaciones y comunicaciones, especializada en temas parlamentarios, así como un centro de documentación.
Organización.- El ICEL está dirigido por: a) Junta Directiva b) Director Ejecutivo. La Junta Directiva es el órgano rector del ICEL y está integrada por un representante designado por el Presidente del Poder Legislativo de cada país miembro. La Junta Directiva podrá reunirse en cualquier lugar, dentro del territorio centroamericano, cuando así lo decida.
Reglamento.- El Reglamento Interno del ICEL regulará lo relativo a los funcionarios, políticas, atribuciones y todo lo concerniente a su funcionamiento. La aprobación y reformas del Reglamento interno deberán ser presentadas a consideración de la Junta Directiva.
Presupuesto.- El presupuesto de funcionamiento del ICEL será financiado en partes iguales por los Poderes Legislativos de los estados miembros. El Instituto podrá recibir directamente donaciones, legados y cualquier clase de ayuda económica de las cuales se deberá informar inmediatamente a la Junta Directiva y al Foro
Disposiciones Generales.- Los países miembros están en la obligación de suministrar al Instituto toda la información necesaria para cumplir con su cometido. Los Poderes Legislativos se comprometen a crear o fortalecer unidades de investigación y capacitación legislativa como forma de contribución al proceso de modernización y consolidación democrática. El Instituto desarrollará un sistema de informática y procesamiento de datos y para el desempeño de sus funciones requerirá acceso directo a las bases de datos de los Centros de Estudios Legislativos en cada país miembro.
EJES DE INFORMACIÓN- FORMACIÓN DEL ICEL
A juicio del ICEL ,dado que es imposible paralizar el accionar legislativo es sobre la marcha que deben impartirse las acciones de información-formación tanto para los legisladores ,como para su personal de asesoría y acompañamiento técnico-administrativo. Para ello se plantean dos ejes .
1.-EJE POLÍTICO.-Es el proceso mediante el cual el legislador en virtud de la heterogénea conformación de los Parlamentos puede compenetrarse, más objetivamente de su realidad socio-política , de una forma reflexiva y crítica , convirtiéndose en agente responsable de cambio social y adoptando una actitud y una conducta que conduzca a una ecuación equilibrada entre libertad con responsabilidad , solidaridad social y eficiencia económica .Esto requiere de una información- formativa soportada en cuatro características metodológicas que la orienten:
Integralidad: Cubrir todos los campos del quehacer político en su expresión parlamentaria: lo doctrinario ideológico, lo político, lo organizativo y las metodologías de relación con la sociedad civil. El propósito es tratar de trasmitir no sólo un conocimiento intelectual , sino también inculcar mística y pragmatismo para la acción.
Realismo: Este aspecto es de particular importancia porque , sin descuidar ni desmejorar los aspectos teóricos , la información-formación a impartir debe poseer un profundo y claro contenido político y estar directamente vinculada a la acción.
Progresividad: La permanencia y progresividad de la formación es concebible a través de un proceso continuado de capacitación-acción , que dirigido principalmente a los asesores técnicos del legislador y sin detener el trabajo legislativo permita: a) La reflexión y el análisis político comparado; b) La experiencia adquirida en la acción y la retroalimentación; c) Actividades formativas de diversa naturaleza destinadas a sistematizar y profundizar conocimientos y habilidades.
Reflexibidad: En la medida en que sea factible se deben incorporar los criterios de una formación que tienda a crear una conciencia que permita superar la inflexibilidad de valores y conceptos impuestos por prácticas del pasado.
2.-EJE TECNOLÓGICO.- El segundo componente para facilitar el trabajo de los Poderes Legislativos , es la capacitación tecnológica -con la cooperación de los propios entes legislativos que comparten sus experiencias- y con la solidaridad proveniente de organismos extra-regionales. Esta capacitación busca llenar , en cada ente parlamentario nacional, estas necesidades:
Desarrollo Organizacional: Desarrollar la capacidad institucional para dar prioridad organizativa , administrativa y técnica a procesos de desarrollo institucional enfocados hacia la integración.
Elaboración Estratégica: Determinar recursos , métodos y estrategias para elaboración y ejecución de planes de modernización , que converjan para facilitar la integración.
Estudios Sectoriales: Diseñar estudios iniciales tendientes a lograr capacitación técnica y administrativa para enfrentar tareas concretas en la formación de la ley ; controles políticos , y fiscalización del gasto público , con un criterio regional.
Procesos Comunicacionales: Diseñar con metodologías participativas procesos de comunicación comunitaria , para fortalecer las relaciones del Poder Legislativo con la Sociedad Civil y con las otras instancias del poder político.
APOYOS.- : Se requiere sistematizar el trabajo para buscar-con posibilidades de éxito- la cooperación externa a los entes parlamentarios , lo que se logra mediante estas acciones:
a) Mayor inserción de los Poderes Legislativos con la Sociedad Civil y mejoramiento de las relaciones con los medios de comunicación social.
b) Obtención de asistencia técnica especializada en las áreas de estructura organizativa, informatización y desarrollo orgánico.
c) Capacitación de personal para dotarle de nuevas destrezas y refuerzo mediante contratación de expertos en áreas estratégicas.
d) Desarrollo de manuales y procedimientos para sistematizar funciones, tareas y actividades de rutina
e) Confección de presupuestos más racionales y establecimiento de técnicas de control de ejecución y calidad.
PLANES DE MODERNIZACIÓN: La formación y la capacitación que interesa al ICEL, si bien tienen fundamento teóricopor sí mismas, en la realidad no se dan fuera de un contexto. Ese contexto lo constituyen los planes y programas de modernización que ya se encuentran funcionando en cada uno de los Poderes Legislativos. En el evento de que en esos esfuerzos de modernización no se encuentren presentes los contenidos de la formación y la educación que han sido enunciados , se requiere su compatibilización para encontrar un empate sistémico entre las metas de la modernización y las metas de integración que busca el ICEL.
En otras palabras , el esfuerzo aislado al interior de cada uno de los Poderes Legislativos , debe volcarse a una acción conjunta facilitadora de la modernización parlamentaria y de su contexto , para que sean -a su vez- instrumentos incentivadores de la integración. Concebidas así la formación y la capacitación, juegan un rol estratégico en los procesos de modernización bajo las siguientes características:
1.- La formación y la capacitación son instrumentos claves para apoyar el proceso de desarrollo global de los Poderes Legislativos , para que se logre eficiencia administrativa , como sustento primordial para la eficacia parlamentaria.
2.- La excelencia de los Poderes Legislativos se debe lograr- entonces- haciendo concurrir , estratégicamente en tiempo y espacio , los factores y acciones que buscan el cambio ordenado y racionalizado.
3.- Ese cambio debe ser el fruto de decisiones fundamentales en la visualización del rol que un Poder Legislativo debe cumplir para mantener y fortalecer su legitimidad social. Asimismo , debe traducirse -a lo interno- en acciones coherentes tanto en los aspectos técnicos, como en aspectos administrativos.
4.- La formación y la capacitación deben ser guía en unos casos y apoyo en otros casos ; pero en ambos requiere transmitir destrezas y conocimientos acordes con los lineamientos que se derivan de los Planes de Modernización Legislativa.
5.- Un Plan de Modernización no es un producto acabado, sino un proceso altamente participativo que se va definiendo con el concurso de todos los funcionarios, el aporte de diputados y ex diputados, así como con las directrices emanadas de cada Directorio Legislativo y de la Comisión de Modernización presente en cada Poder Legislativo, y las exigencias del entorno. Por ello , los contenidos curriculares de la capacitación deben irse extrayendo de ese proceso evolutivo.
6.- Sin embargo, como el Proceso de Desarrollo Estratégico se inicia con una inducción , los lineamientos deben apoyar –prioritariamente- el proceso de planificación , para garantizar que el concurso de los Diputados y funcionarios sea participativo, consciente, racionalista y tecnificado.
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
0 comentarios:
Publicar un comentario